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España–México: el gran corredor

México es el primer destino y el primer origen de la inversión entre España y América Latina. Acompañamos a empresas españolas que entran en México y a grupos mexicanos que invierten o se instalan en España: dirigimos el proyecto desde Madrid y coordinamos abogados locales de confianza en México; la parte mexicana la firma siempre el asesor local.

Marco honesto. Velarde & Vidal opera desde España (Madrid · Barcelona). En el extranjero no tenemos oficinas propias: dirigimos el proyecto y coordinamos abogados locales de confianza en más de 15 jurisdicciones; el derecho local lo firma siempre el asesor local.

§ I

Escenarios habituales

Grupo mexicano hacia España y Europa

España como puerta de entrada: adquisición, filial o estructura de tenencia para operar en la UE.

Empresa española hacia México

Entrada ordenada: estructura, contratos de distribución y socios locales con pactos sólidos.

Movilidad de directivos y familias

Traslados a España: régimen de impatriados (art. 93 LIRPF), visados de actividad y patrimonio.

Disputas del corredor

Arbitraje España–México, con el CIAM como sede natural en español.

§ II

Qué hace Velarde & Vidal

Dirigimos la estrategia, los contratos y la parte española del proyecto —societaria, fiscal, regulatoria— y coordinamos al asesor local para el derecho de México. Un interlocutor, un calendario, documentos consistentes.

FAQ

Preguntas frecuentes

¿Un inversor mexicano necesita autorización para comprar una empresa española?
México está fuera de la UE/AELC, de modo que el régimen de la Ley 19/2003 y el RD 571/2023 exige autorización previa cuando la inversión alcanza participaciones significativas en sectores estratégicos —energía, infraestructuras, tecnología crítica, entre otros—. La consecuencia: el análisis FDI debe estar en la carta de intenciones, porque determina el calendario y las condiciones del cierre.
¿Qué ventajas fiscales tiene un directivo mexicano que se traslada a España?
Si cumple los requisitos del art. 93 LIRPF —en particular, no haber sido residente fiscal español en los cinco periodos previos, tras la Ley 28/2022—, puede tributar al 24% hasta 600.000 euros de rendimientos del trabajo durante el año del traslado y los cinco siguientes. La consecuencia: el paquete retributivo y el calendario de la mudanza conviene cerrarlos antes de adquirir la residencia, no después.
¿Dónde se arbitran las disputas España–México?
El español común hace de Madrid una sede natural: el arbitraje se rige por la Ley 60/2003 y el CIAM se diseñó precisamente para el tráfico jurídico España–LatAm. La consecuencia: una cláusula CIAM bien redactada da a ambas partes neutralidad, idioma y un laudo ejecutable en los dos países; la revisamos antes de la firma del contrato.

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