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Corredor España–LatAm

España es la plataforma natural de América Latina hacia Europa, y a la inversa: idioma, tratados, vuelos y un ecosistema jurídico que se entiende a ambos lados. Trabajamos el corredor en los dos sentidos —México, Colombia, Chile, Argentina— dirigiendo el proyecto desde Madrid y coordinando abogados locales de confianza en cada país.

Marco honesto. Velarde & Vidal opera desde España (Madrid · Barcelona). En el extranjero no tenemos oficinas propias: dirigimos el proyecto y coordinamos abogados locales de confianza en más de 15 jurisdicciones; el derecho local lo firma siempre el asesor local.

§ I

Escenarios del corredor

Holding en España

Estructuras de tenencia para grupos latinoamericanos que invierten en Europa: sustancia, convenios y fiscalidad ordenada.

M&A en el corredor

Compraventas con comprador o vendedor latinoamericano: due diligence, SPA bilingüe y screening de IED cuando procede.

Movilidad y patrimonio

Directivos y familias que se instalan en España: régimen de impatriados, visados de actividad y planificación patrimonial.

Disputas y arbitraje

El CIAM como sede de referencia del arbitraje en español; ejecución coordinada en varias jurisdicciones.

FAQ

Preguntas frecuentes

¿Por qué usar España como plataforma hacia Europa?
Por la combinación de idioma, red de convenios fiscales con América Latina y acceso pleno al mercado único europeo. Una estructura de tenencia española bien construida —con sustancia real— ordena dividendos, plusvalías y gobernanza del grupo. La consecuencia: la decisión no es solo fiscal; exige diseño societario y de cumplimiento desde el primer día, y eso es exactamente lo que coordinamos.
¿Qué mira España cuando invierte un grupo latinoamericano?
Dos cosas sobre todo: el régimen de inversiones exteriores —la Ley 19/2003 y el RD 571/2023 exigen autorización previa a inversores de fuera de la UE/AELC en sectores estratégicos— y la trazabilidad de fondos bajo la normativa de prevención (Ley 10/2010). La consecuencia: con la documentación preparada, ninguno de los dos trámites debería sorprender al calendario de la operación.
¿Y los directivos que se trasladan con el proyecto?
España ofrece el régimen de impatriados del art. 93 LIRPF: tributación al 24% sobre rendimientos del trabajo hasta 600.000 euros durante el año del traslado y los cinco siguientes, para quien no fue residente en los cinco años previos (Ley 28/2022). La consecuencia: planificar el traslado y el paquete retributivo antes de la mudanza multiplica el valor del régimen.

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